La Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER) inicia en 2026 un nuevo período de representación institucional, en el marco del Estatuto reformado y el Reglamento Electoral aprobado por Ordenanza C.S. Nº 510. Este proceso implica la renovación de los órganos de gobierno universitario y la elección de autoridades en todas las Facultades.
Aspectos generales del proceso en UNER
- Padrones electorales: Se publican padrones provisorios entre el 17 y el 25 de noviembre de 2025, con posibilidad de impugnación en ese mismo período. Los padrones definitivos se oficializan el 11 de diciembre.
- NODOCENTES
- Docentes: TITULARES Y ASOCIADOS – ADJUNTOS – JTP Y AYUDANTES
- ESTUDIANTES
- Presentación de listas:
- Para Consejeros Directivos y Superiores: del 2 al 13 de febrero de 2026.
- Para fórmulas de Decanato/Vicedecanato y Rectorado/Vicerrectorado: del 9 al 25 de febrero de 2026.
- Comicios:
- Cuerpos Directivos: entre el 10 y el 12 de marzo de 2026, según claustro.
- Cuerpos Superiores: elección directa (11 y 12 de marzo) e indirecta por Colegio Electoral (28 de marzo).
- Elección de fórmulas:
- Decano/a y Vicedecano/a: sesión especial del Consejo Directivo el 10 de abril de 2026.
- Rector/a y Vicerrector/a: Asamblea Universitaria el 25 de abril.
- Asunción de cargos:
- Autoridades y Consejeros Directivos: 22 de abril de 2026.
- Consejeros Superiores: 25 de abril.
- Rector/a y Vicerrector/a: 10 de mayo.
Aplicación en FCECO – Junta Electoral Local (JEL)
La Facultad de Ciencias Económicas (FCECO) ha constituido su Junta Electoral Local conforme a la normativa vigente, mediante Resolución C.D. Nº 369/25. La JEL está integrada por representantes titulares y suplentes de cada claustro, y está presidida por quien ejerce el Decanato.
Además, mediante Resolución JEL-FCECO Nº 001/25, se estableció el cronograma específico para la Facultad, alineado con el calendario general de UNER. Las presentaciones se canalizan por Mesa de Entradas mesaentrada.fceco@uner.edu.ar y Junta Electoral Local juntaelectoral.fceco@uner.edu.ar , en formato digital o papel, y se aplican las previsiones reglamentarias sobre firmas válidas, constitución de domicilio y vencimiento de actuaciones.


