• Tipo de Carrera

    Universitaria de Grado

  • Modalidad

    Presencial

  • Duración

    5 años

Se pretende formar un graduado con un fuerte perfil generalista; contemplando que su inserción laboral pueda tener lugar tanto en el ámbito del sector privado, a nivel gerencial de la empresa o en el ejercicio de la profesión liberal; así como en el ámbito del sector público.

El Contador Público graduado en esta Facultad deberá poseer conocimientos, aptitudes y habilidades para:

• Diagnosticar y evaluar los problemas relacionados con la medición y registro de las actividades y operaciones de una unidad productora de bienes y servicios, en sus aspectos patrimoniales, financieros, económicos y sociales, a partir de adecuados conocimientos micro, sectorial y macro, tanto en el sector privado como en el público.
• Seleccionar, diseñar y utilizar las técnicas y procedimientos apropiados para solucionar los problemas específicos del área contable, ajustándolos a la normativa jurídica y considerando su interrelación con los sistemas, métodos y procedimientos administrativos y su vinculación con el contexto económico – social en el que deben ser aplicados.
• Participar, coordinar y dirigir grupos de trabajo y asesorar en relación con la preparación, revisión, análisis y proyección de estados contables y financieros, en todo tipo de entes, así como las tareas relacionadas con la función de control interno y externo.
• Elaborar e implantar políticas, sistemas de información, métodos y procedimientos e instrumentos contables y administrativos, en especial los referidos al proceso de información gerencial a partir de un adecuado conocimiento del contexto.
• Participar en aspectos relacionados con la organización, dirección y gestión de entes públicos y privados.
• Realizar análisis del contexto económico – financiero regional, nacional e internacional y de las políticas económicas general y sectorial, con su impacto sobre las organizaciones.
• Elaborar diagnósticos de las organizaciones y diseñar técnicas y procedimientos para optimizar su funcionamiento.
• Anticipar las respuestas de las organizaciones a las condiciones variables del contexto.
• Elaborar políticas vinculadas a la dirección y administración de los recursos financieros, humanos y materiales de las organizaciones.
• Integrar equipos interdisciplinarios para realizar estudios de mercado y de elaboración y evaluación de Proyectos de Inversión.
• Asesorar en relación con la aplicación e interpretación de la legislación tributaria, así como en su planificación y diseño, de modo de poder actuar tanto el en sector público como en el privado.

Desde el punto de vista de las incumbencias, el título habilita al egresado para:

• Asesorar en la creación de empresas, transformación o transferencia en el marco de la Ley de Sociedades.
• Diseñar, analizar, desarrollar, implantar y controlar estructuras de organización y sistemas de información: administrativos, contables, económicos, de costos, de producción o de servicios.
• Confeccionar estados contables, analizar, proyectar y dictaminar sobre los estados contables.
• Asesorar en cuestiones de mercado tanto a empresas como a organizaciones estatales o no gubernamentales.
• Realizar auditorías contables u operativas, evaluaciones de gestión y propuestas de reingeniería de negocios o mejora continua.
• Realizar análisis económico y financiero de empresas:

– Estudios sobre rentabilidad.
– Estudios sobre situación financiera y patrimonial.
– Participación en análisis de proyectos de inversión.
– Desarrollo de alternativas de inversión y financiación.

• Diseñar, desarrollar, implantar políticas, sistemas y procedimientos de administración de recursos humanos; y actuar en la relación de las organizaciones, con los organismos oficiales de contralor, con los de seguridad y previsión social.
• Asesorar impositivamente sobre: el análisis de la situación del ente frente a los distintos tributos, gestión administrativo – contable, actuación en recursos administrativos legales, regímenes de promoción.
• Actuar como síndico de sociedades, interventor, auditor u otras figuras de conducción de las organizaciones.
• Actuar judicialmente en concursos y quiebras, liquidación de acerías y siniestros, estado de cuentas en disolución y liquidación de sociedades, dictámenes e informes contables en administraciones e intervenciones en juicios sucesorios, compulsas y peritaje en las incumbencias señaladas. 

Se requerirá título de Contador Público o equivalente:

En materia económica y contable cuando los dictámenes sirvan a fines judiciales, administrativos o estén destinados a hacer fe pública en relación con las cuestiones siguientes:

  1. Preparación, análisis y proyección de estados contables, presupuestarios, de costos y de impuestos en empresas y otros entes.
  2. Revisión de contabilidades y su documentación.
  3. Disposiciones del capítulo III, título II, libro I del Código de Comercio.
  4. Organización contable de todo tipo de entes.
  5. Elaboración e implantación de políticas, sistemas, métodos y procedimientos de trabajo administrativos-contable.
  6. Aplicación e implantación de sistemas de procesamiento de datos y otros métodos en los aspectos contables y financieros del proceso de información gerencial.
  7. Liquidación de averías.
  8. Dirección de relevamiento de inventarios que sirven de base para la transferencia de negocios, para la constitución, fusión, escisión, disolución y liquidación de cualquier clase de entes y cesiones de cuotas sociales.
  9. Intervención en las operaciones de fondos de comercio de acuerdo con las disposiciones de la Ley Nº 11.867, a cuyo fin deberá realizar todas las gestiones que fueren menester para su objeto, inclusive hacer publicar los edictos pertinentes en el Boletín Oficial, sin perjuicio de las funciones y facultades reservadas a otros profesionales en la mencionada norma legal.
  10. Intervención a criterio de la autoridad competente, juntamente con letrados en los contratos y estatutos de toda clase de sociedades civiles y comerciales cuando se planteen cuestiones de carácter financiero, económico, impositivo y contable.
  11. Presentación con su firma de estados contables de bancos nacionales, provinciales, municipales, mixtos y particulares, de toda empresa, sociedad, o institución pública, mixta o privada y en todo otro tipo de ente con patrimonio diferenciado. En especial para las entidades financieras comprendidas en la Ley Nº 21.526 cada Contador Público no podrá suscribir el balance de más de una entidad cumplimentándose, asimismo, el requisito expresado en el Artículo 17º de la Ley Nº 20.488.
  12. Toda otra cuestión en materia económica, financiera y contable con referencia a las funciones que le son propias de acuerdo con el presente artículo.

En materia judicial para la producción y firma de dictámenes requeridos sobre las siguientes cuestiones:

  1. En los concursos de la Ley Nº 19.551 y modificatorias para las funciones de síndico.
  2. n las liquidaciones de averías y siniestros y en las cuestiones relacionadas con los transportes en general para realizar los cálculos y distribución correspondientes.
  3. Para los estados de cuenta en las disoluciones, liquidaciones y todas las cuestiones patrimoniales de sociedades civiles y comerciales y las rendiciones de cuenta de administración de bienes.
  4. En las compulsas o peritaje sobre libros, documentos y demás elementos concurrentes a la dilucidación de cuestiones de contabilidad y relacionadas con el comercio en general, sus prácticas, usos y costumbres.
  5. Para dictámenes e informes contables en las administraciones e intervenciones judiciales de sociedades comerciales y civiles.
  6. En los juicios sucesorios, cuando la complejidad y la naturaleza de la cuestión lo justifique realizar y suscribir las cuentas particionarias juntamente con el letrado que intervenga. Los honorarios se regularán en forma separada de lo que corresponda al abogado.
  7. Como perito en su materia en todos los fueros.

En materia tributaria:

  1. En la determinación y liquidación de tributos nacionales, provinciales y municipales.
  2. En la evaluación de los efectos de la legislación fiscal, sobre la situación económica, financiera y patrimonial de las empresas y otros entes; y en especial en los casos de constitución, transformación, reorganización, fusión, absorción y liquidación.
  3. En los recursos a interponer ante organismo administrativo, fiscal y/o judiciales, sin perjuicio de la incumbencia que corresponda a los abogados. En la emisión de dictámenes se deberá aplicar las normas de auditoría aprobadas por los organismos profesionales cuando ello sea pertinente.

PRIMER AÑO

1.01 Introducción a la Contabilidad
1.02 Introducción a la Economía
1.03 Instituciones del Derecho I
1.04 Filosofía y Conocimiento científico
1.05 Álgebra aplicada a las Ciencias Económicas
1.06 Administración General
1.07 Contabilidad I
1.08 Historia Económica y Social

SEGUNDO AÑO
2.01 Cálculo aplicado a las Ciencias Económicas
2.02 Sistemas y Tecnologías
2.03 Instituciones del Derecho II
2.04 Microeconomía
2.05 Metodología de la Investigación
2.06 Sociedades y Asociaciones
2.07 Macroeconomía
2.08 Contabilidad II

TERCER AÑO
3.01 Estadística
3.02 Finanzas Públicas
3.03 Comercialización
3.04 Contabilidad III
3.05 Sistemas de Costos
3.06 Impuestos I
3.07 Cálculo Financiero y Actuarial
3.08 Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

CUARTO AÑO
4.01 Contabilidad IV

4.02 Concursos
4.03 Costos para la Gestión
4.04 Impuestos II
4.05 Auditoría
4.06 Impuestos III
4.07 Gestión del Talento Humano y los Recursos Productivos
4.08 Contabilidad Pública

QUINTO AÑO
5.01 Administración Financiera
5.02 Contabilidad V
5.03 Taller de Práctica Profesional de Aplicación Jurídica

5.04 Optativas:
 Comercio Exterior
 Proyectos de Inversión
 Economía Regional y Argentina
 Comunicación Integral
 Práctica Profesional en Derecho Laboral y de la Seguridad Social

5.05 Taller de Práctica Profesional de Aplicación Administrativa-Contable

5.06 Sistemas de Información Gerencial
5.07 Análisis del Sistema Financiero
5.08 Práctica Profesional Supervisada

Accesibilidad